Corte Suprema de Justicia cambia postura frente a la estabilidad laboral reforzada por fuero de salud
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia SL1152-2023 del 10 de mayo de 2023, modificó la postura frente a la estabilidad laboral reforzada por fuero de salud en los siguientes términos:
Posición anterior: venia sosteniendo la Corte que para que un trabajador sea beneficiario de la protección por estabilidad laboral reforzada contemplada en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, era necesario que al momento del despido haya tenido una limitación física, psíquica o sensorial moderada, es decir, que hubiere contado con un porcentaje de pérdida de capacidad laboral igual o superior al 15%.
Nueva posición: con la sentencia SL1152-2023 la Corte modifica su criterio, en el sentido de indicar que para que un trabajador sea beneficiario de la protección por estabilidad laboral reforzada ya no es necesario que tenga una calificación de perdida de capacidad laboral, lo que se requiere para que se active el fuero es lo siguiente:
1. Que la persona padezca una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, a mediano y largo plazo.
2. La existencia de barreras que puedan impedir al trabajador que sufre la deficiencia el ejercicio efectivo de su labor, en igualdad de condiciones que los demás.
3. Que tales circunstancias sean conocidas por el empleador al momento del despido o que sean hechos notorios.
Se reitera en la sentencia que para despedir a una persona en situación de discapacidad es necesario solicitar la autorización previa del Ministerio de Trabajo, cuya omisión hace que el despido se presuma discriminatorio y pueda ser declarado ineficaz.
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, sentencia SL1152-2023 del 10 de mayo de 2023.
|Publicado: 01 de junio de 2023|