A través de proceso ordinario laboral logramos que Juez laboral condene solidariamente a miembros de consorcio y a intermediario a pagar honorarios por prestación de servicios profesionales adeudados a nuestro cliente.
Si bien es cierto la contratación del demandante no la realizó el consorcio sino un contratista independiente, dicho consorcio es condenado por ser el beneficiario del trabajo y dueño de la obra.