Logramos, mediante acuerdo conciliatorio ante juez administrativo, que el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, reconozca a nuestro cliente (docente del sector público) sanción moratoria por el pago tardío de sus cesantías definitivas.
De conformidad con La Ley 1071 de 2006 y sentencia de unificación proferida por el Consejo de Estado el 18 de julio de 2018, radicado 4961-15, si la entidad pública no paga las cesantías parciales o definitivas dentro de los 70 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, deberá reconocer al servidor público una sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retardo hasta el momento en que se haga efectivo el pago de las mismas.


